viernes, 28 de noviembre de 2014

Derecho objetivo y Derecho subjetivo

DERECHO OBJETIVO:
1.- Concepto de Derecho objetivo:
El Derecho objetivo es el conjunto de principios y reglas que rigen las relaciones de convivencia de una sociedad, cuyas normas pueden ser impuestas.
2.- Caracteres del Derecho objetivo:
* La generalidad: el Derecho se manifiesta por encima y, con independencia, de los casos particulares.
* La imperatividad: el Derecho manda, estableciendo de manera taxativa lo que se ha de hacer y lo que no se ha de hacer. Este mandato del Derecho es un mandato imperativo, porque está formulado por quien tiene autoridad para ello, y va dirigido a quienes se hallan vinculados por una obligación de obediencia.
* La alteridad: significa que el Derecho solo se proyecta sobre las relaciones entre dos o más sujetos.
* La Coercibilidad: es la propiedad que tiene el Derecho de poder imponer su cumplimiento, recurriendo incluso a la fuerza si fuera necesario.
Cuando hablamos de derecho coactivo o de imposición forzosa, nos estamos refiriendo a una fuerza que ejerce el Estado o un órgano estatal, no de modo incontrolado, sino con sujeción a unas normas que regulan su ejercicio.
DE DERECHO SUBJETIVO:
1.- El concepto de derecho subjetivo:
El derecho subjetivo es la facultad atribuida por la norma a un sujeto de poder exigir de otro u otros, ya una conducta concreta, ya una conducta de abstención o no impedimento.
2.- Los elementos del derecho subjetivo:
·         La facultad o posibilidad de obrar. El derecho subjetivo se ejerce en la sociedad y, por tanto, entre sujetos.
·         La obligación: se estructura en un sujeto activo o titular de la facultad o derecho, y en un sujeto pasivo sobre el que recae la obligación. Esta obligación puede consistir en hacer o no hacer algo, o en abstenerse de obrar.
·         La norma: junto con la facultad y la obligación, es la que establece esa correlación. El derecho subjetivo se basa siempre en la norma.
3.- El contenido del derecho subjetivo:

* La pretensión: quien tiene el derecho lo puede hacer valer para exigir una determinada conducta de otros, sobre los que recae la obligación. (pretensión de reclamar una deuda)

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